El Aeropuerto de Rosario es el primero del país en nacionalizar cargas aéreas mediante la “continuidad de bodega”

Se trata de un procedimiento que busca simplificar los procedimientos y posicionar a la terminal local en el nicho de negocios de cargas aéreas.

Vuelos 08/04/2021 Redacción

El Aeropuerto Internacional Rosario (AIR) se convirtió en el primero del país en nacionalizar cargas aéreas mediante la modalidad de “continuidad de bodega”, según informó el presidente del directorio Eduardo Romagnoli .

Se trata de uno de los nuevos procedimientos de tránsito de cargas arribadas vía aérea, establecidos por la resolución general 4731/2020 de AFIP, y que busca simplificar las operaciones en los casos que sea necesario utilizar la vía terrestre para que la mercadería continúe su traslado hasta la aduana de destino” detalló el directivo.

Romagnoli destacó el trabajo conjunto de la empresa LATAM CARGO, el Depósito Fiscal del grupo Murchison – DEFIBA, la Aduana local y el Departamento Comercial del AIR: “trabajamos mancomunadamente para habilitar la ruta y adecuar los sistemas de control, por eso en el mes de marzo fuimos el primer aeropuerto del país en concretar el ingreso de carga aérea en la modalidad continuidad de bodega. Destacamos la labor de la Sección Aeropuerto de la Aduana Rosario quienes hicieron posible todos los trámites administrativos de esta operación”

El funcionario también detalló las ventajas de este servicio “mejora los tiempos ya que la mercadería no permanece en Buenos Aires sino que continúa en forma directa a nuestra terminal, y además no tiene límite de peso o medidas”.

Finalmente Romagnoli comunicó que la empresa LATAM Cargo tendrá un servicio regular semanal a partir del mes de abril, y que según la demanda evaluará incrementar la frecuencia e incluso la posibilidad de consolidar cargas con otras compañías aéreas que tengan como destino la ciudad de Rosario. “Estamos comprometidos con el desarrollo comercial e industrial de la provincia y la región, y este es un paso importante en ese sentido” afirmó.

ALCANCES DE LA NORMATIVA

La resolución general 4731/2020 de AFIP establece que “las cargas que arriban al territorio aduanero por vía aérea y que por motivos propios de ese tipo de transporte o por las características intrínsecas de las mercaderías deban utilizar la vía terrestre para continuar su traslado hasta la aduana de destino, deberán documentarse mediante declaración Sumaria de Tránsito (TRAS) y estarán sujetas con carácter obligatorio al control mediante la utilización del Precinto Electrónico de Monitoreo Aduanero (PEMA)”.

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